Registro de proveedores de facturación electrónica ante el SRI en 2026
El SRI estableció en 2026 el registro formal de proveedores de sistemas o servicios de facturación electrónica.
A quién alcanza la resolución
La Resolución NAC-DGERCGC26-00000027 se dirige a contribuyentes que ofrecen sistemas informáticos o servicios de facturación electrónica. El SRI indicó que estos proveedores deben registrar en su RUC un establecimiento y una actividad económica exclusivos para esta actividad dentro del plazo previsto.
Información del proveedor en el comprobante
El comunicado oficial señala que los emisores que usan un sistema provisto por un tercero deben incluir el RUC del proveedor en la sección de información adicional, conforme a la ficha técnica vigente y dentro del plazo de implementación indicado por la resolución.
Qué debe revisar un restaurante
Pregunta a tu proveedor cómo cumple la resolución, cuál es el RUC que debe informarse y desde qué fecha aplica el cambio en los XML. El establecimiento sigue siendo responsable de revisar sus comprobantes y obligaciones.
Qué debe revisar un proveedor
Además de actualizar su RUC y mantener un canal con el SRI, el proveedor debe adaptar la generación del comprobante a la ficha técnica vigente. Los plazos deben contarse desde la publicación oficial y verificarse directamente en la resolución.
Información educativa revisada con fuentes oficiales disponibles el 5 de noviembre de 2026. Las obligaciones dependen del RUC, régimen y operación. Confirme su caso en el SRI o con un profesional tributario.